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Retención 2026

Retención 2026

Retención SII 2026: Cómo Calcular tu Sueldo Líquido en Boletas de Honorarios

Actualizado: 2026-04-29

•

5 min de lectura

La retención de boleta de honorarios en 2026 es del 15,25% según la Ley 21.133. Aprende a calcular cuánto recibes realmente, la diferencia entre Bruto y Líquido, y qué pasa con tus cotizaciones en la Operación Renta de abril del año siguiente.

Retención 2026: 15,25%.

De cada $100.000 brutos que cobres, el SII retiene $15.250 y tú recibes $84.750 líquidos.

No es un impuesto perdido.

La retención financia tus cotizaciones de salud, AFP y seguro de accidentes. Lo que sobre, se devuelve en la Operación Renta del abril del año siguiente.

¿Por qué la retención es del 15,25% en 2026?

  • Ley 21.133 (2019): Estableció un aumento gradual de la retención para financiar las cotizaciones obligatorias de los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios. Cada año la tasa sube aproximadamente un 0,75%.
  • ¿Por qué sube? Antes de esta ley, los independientes no cotizaban para salud ni pensión, quedando desprotegidos. El Estado diseñó este aumento progresivo para evitar un golpe fuerte al bolsillo de un día para otro.
  • Dato clave: En 2028 la tasa llegará al 17% y se estabilizará definitivamente. Planifica tus cobros considerando este aumento anual para mantener tu ingreso líquido estable.

Tabla de Gradualidad: Retención por Año (Ley 21.133)

  • AñoTasa de RetenciónLíquido por cada $100.000
    202010,75%$89.250
    202111,50%$88.500
    202212,25%$87.750
    202313,00%$87.000
    202413,75%$86.250
    202514,50%$85.500
    202615,25%$84.750
    202716,00%$84.000
    2028 (final)17,00%$83.000

De Bruto a Líquido: ¿Cuánto me llega?

  • Fórmula:
    Líquido = Bruto × (1 − 0,1525)
    Es decir: Líquido = Bruto × 0,8475
  • Monto BrutoRetención (15,25%)Líquido que recibes
    $100.000−$15.250$84.750
    $500.000−$76.250$423.750
    $1.000.000−$152.500$847.500
  • ¿No quieres hacer el cálculo? Usa la Calculadora de Boleta de Honorarios para obtener tu valor exacto al instante.

De Líquido a Bruto: ¿Cuánto debo cobrar?

  • Fórmula:
    Bruto = Líquido ÷ (1 − 0,1525)
    Es decir: Bruto = Líquido ÷ 0,8475
  • Líquido que necesitasBruto que debes cobrarRetención incluida
    $100.000$117.994$17.994
    $500.000$589.971$89.971
    $1.000.000$1.179.941$179.941
  • Tip CómoCobro: Si tu cliente te pide un valor fijo por tu servicio y tú emites la boleta, siempre calcula hacia arriba para no perder margen. La diferencia entre cobrar $500.000 líquidos vs. brutos son casi $90.000 que podrías estar perdiendo.

Cotizaciones y la Operación Renta

  • ¿A dónde va la retención? El monto retenido durante el año se usa para pagar tus cotizaciones obligatorias: AFP (pensión), Fonasa o Isapre (salud) y Seguro de Accidentes Laborales (ATEP), según lo establece la Ley 21.133.
  • Operación Renta: En abril del año siguiente, el SII calcula si lo retenido durante el año anterior alcanzó para cubrir tus cotizaciones e impuestos. La devolución no es inmediata ni ocurre en el mismo año — si trabajas todo 2026, tu devolución (si la hay) la recibirás recién en abril de 2027, después de que el SII procese tus cotizaciones, impuesto global complementario y otros factores.
  • Cobertura completa vs. parcial: Puedes optar por cotizar sobre el 100% de tu renta o sobre un porcentaje menor. Si eliges cobertura parcial, recibes más devolución, pero cotizas menos para tu futura jubilación y salud.
  • Importante: Si no declaras, el SII asume cobertura completa por defecto y distribuye toda la retención en cotizaciones. Declara siempre en abril para tomar el control de tu plata. Puedes revisar nuestra guía de Iniciación de Actividades si aún no te has formalizado.

Tabla Resumen: Retención vs. Líquido (2026)

  • Monto BrutoRetención (15,25%)Líquido Final% que recibes
    $100.000$15.250$84.75084,75%
    $250.000$38.125$211.87584,75%
    $500.000$76.250$423.75084,75%
    $750.000$114.375$635.62584,75%
    $1.000.000$152.500$847.50084,75%
    $2.000.000$305.000$1.695.00084,75%
  • ¿Quieres simular con tu monto exacto? Usa el Comparador de Medios o la Calculadora de Honorarios.
¿Emites a empresas o a personas?

Si emites boleta a una empresa, ellos retienen el 15,25% y lo declaran al SII por ti (Art. 74 del Código Tributario). Si le emites a una persona natural, tú eres responsable de declarar y pagar la retención (PPM) cada mes mediante el Formulario 29.

Riesgos de NO emitir boletas de honorarios

No formalizar tus servicios te expone a multas del SII (Art. 97 del Código Tributario). Además, las empresas necesitan tu boleta para justificar el gasto ante el SII — si no la emites, muchas preferirán trabajar con alguien que emita factura, lo cual requiere formalización como empresa. A medida que crezcas, tus clientes te pedirán facturas en vez de boletas, presionándote naturalmente hacia una estructura más organizada (SPA o EIRL). Es mejor anticiparse: revisa nuestra guía sobre formalización de empresa.

Planifica para 2027 y 2028

La tasa sube a 16% en 2027 y 17% en 2028 (Ley 21.133, Art. 89). Si cobras montos fijos, recalcula tus tarifas cada enero para mantener tu ingreso líquido estable. Puedes usar nuestra calculadora para proyectar los montos futuros.

Preguntas frecuentes

No exactamente. Es una retención provisoria que el SII usa para financiar tus cotizaciones de seguridad social (salud, pensión, seguro de accidentes). En la Operación Renta de abril del año siguiente, si lo retenido supera tus obligaciones, se te devuelve el excedente directamente a tu cuenta bancaria.

No. Desde la Ley 21.133, la retención es obligatoria para todos los emisores de boletas de honorarios. La única forma de reducir su impacto en tu bolsillo es cobrar un monto bruto mayor que compense la retención.

La devolución ocurre en abril del año siguiente, durante la Operación Renta (Formulario 22). No es inmediata: si trabajaste con boletas durante 2026, tu devolución la recibirás recién en abril de 2027, después de que el SII procese tus cotizaciones, impuesto global complementario y otros factores tributarios.

Depende de tu nivel de ingresos totales, de si eliges cobertura completa o parcial de cotizaciones, y de otros factores como la existencia de otros ingresos. En general, quienes ganan menos de $1.000.000 mensuales y optan por cobertura parcial suelen recibir devoluciones significativas.

La Ley 21.133 establece que la tasa se estabiliza en 17% a partir de 2028. No hay cambios legislativos programados más allá de ese tope, pero siempre es recomendable revisar las actualizaciones del SII.

Te arriesgas a sanciones tributarias. Las empresas necesitan tu boleta para justificar el gasto como deducible ante el SII. Si no la emites, podrían preferir trabajar con proveedores formalizados que emitan factura. Además, los bancos reportan movimientos al SII, por lo que recibir pagos sin boleta puede generar diferencias en tu declaración.

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