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Boleta de Venta Obligatoria en Chile: Venta Presencial, E-commerce y la Polémica del POS Móvil (2026)

Actualizado: 2026-04-30

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8 min de lectura

¿Sabías que por ley debes entregar un comprobante por cada venta que hagas? En esta guía te explicamos la normativa vigente del SII, la Resolución Exenta N°12 de 2025, cómo funciona la boleta en ventas presenciales y por internet, y por qué los POS móviles sin impresora NO quedaron obsoletos.

Plazo clave: 1 de marzo de 2026.

Si tu POS no tiene impresora, a partir de esa fecha debes entregar la boleta en formato digital (correo, WhatsApp, QR o SMS). Si ya tienes impresora, la obligación de entregar el comprobante impreso rige desde el 1 de mayo de 2025.

Costo de no cumplir: hasta el 50% por operación.

No entregar boleta es infracción al Código Tributario (Art. 97 N°10). Las multas pueden llegar al 50% del monto de cada venta no documentada, más clausura del local en casos reiterados.

¿Por qué es obligatorio entregar boleta de venta?

  • Base legal: El Decreto Ley 825 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios), en su Artículo 53, establece que todo contribuyente afecto a IVA está obligado a emitir y entregar una boleta de venta o factura por cada operación que realice. Esta obligación existe desde la creación del IVA en Chile y no ha cambiado: vender sin boleta es ilegal.
  • ¿Qué es la boleta de venta? Es el Documento Tributario Electrónico (DTE) que acredita una transacción afecta a IVA. A diferencia de la boleta de honorarios (para servicios profesionales independientes), la boleta de venta aplica a la venta de productos y servicios comerciales de Primera Categoría.
  • ¿Por qué existe esta obligación? El IVA (19%) es un impuesto que tú recaudas por cuenta del Estado. La boleta es la prueba de que se generó ese impuesto. Sin ella, el SII no puede fiscalizar y el dinero del IVA desaparece en la informalidad. Revisa nuestra guía sobre cómo emitir boleta cuando te pagan en efectivo o transferencia para entender cómo funciona en la práctica.
  • ¿Desde qué monto? La Resolución Exenta N°60 de 2023 fijó en $1 (un peso) el monto mínimo para emitir boleta. En la práctica, esto significa que toda venta, por pequeña que sea, requiere boleta. Se eliminaron los umbrales antiguos que permitían omitirla en montos bajos.

Venta presencial: la Resolución 12 de 2025 y la boleta impresa

  • ¿Qué cambió? El 17 de enero de 2025, el SII publicó la Resolución Exenta N°12, que refuerza la obligación de entregar al comprador un comprobante por cada venta presencial. Hasta entonces, muchos comercios emitían la boleta electrónica internamente pero no entregaban nada al cliente, lo cual facilitaba la evasión de IVA.
  • Fecha clave 1 — 1 de mayo de 2025: Los comercios que cuentan con dispositivos con capacidad de impresión (POS con impresora integrada, caja registradora, impresora térmica conectada) están obligados a entregar la representación impresa de la boleta electrónica o el voucher de pago con tarjeta.
  • Fecha clave 2 — 1 de marzo de 2026: Los comercios que no cuentan con impresora (por ejemplo, los que usan un POS móvil tipo SumUp Solo o Mercado Pago Point Mini) deben entregar la boleta en formato digital: correo electrónico, SMS, WhatsApp o código QR.
  • Objetivo: Que ningún cliente se vaya de un comercio sin un comprobante, sea en papel o digital. Esto combate directamente la práctica de comercios que recibían efectivo o transferencias sin emitir ningún documento.
  • ¿Qué pasa con el efectivo? Si el cliente paga en efectivo, no hay voucher de tarjeta automático. El comercio debe emitir la boleta electrónica por separado (desde sii.cl, una app de facturación o un software de contabilidad) y entregarla impresa o digitalmente.

Venta online: la boleta electrónica en e-commerce

  • La Ley 21.210 (Modernización Tributaria): Desde 2020, esta ley ordenó la transición a la boleta electrónica obligatoria. Los plazos se cumplieron entre enero y marzo de 2021 (Resolución Exenta N°74 de 2020), de modo que hoy toda boleta de venta debe ser electrónica, tanto para ventas presenciales como para e-commerce.
  • ¿Cómo funciona en una tienda online? Cuando un cliente compra en tu sitio web y paga a través de una pasarela de pago como Flow, VentiPay o Webpay, la transacción queda registrada en el proveedor. Pero la boleta de venta la emites tú, no la pasarela.
  • Integración con pasarelas: Algunos software de e-commerce (como Bsale o Nubox) se integran directamente con tu tienda para emitir la boleta electrónica automáticamente al momento del pago. Si usas el portal gratuito del SII (Mipyme), deberás emitirla manualmente por cada venta. Consulta nuestra comparativa entre el portal SII y software de mercado para evaluar cuál te conviene.
  • Entrega al cliente: En e-commerce, la boleta se envía típicamente por correo electrónico al comprador. La Resolución 12 no cambia nada para ventas online, ya que la entrega digital siempre estuvo contemplada. Lo importante es que el DTE quede emitido y reportado al SII.
  • Dato clave para vendedores de Instagram y redes sociales: Si vendes por Instagram y cobras con link de pago o transferencia, debes emitir boleta igual. La informalidad en redes sociales es uno de los focos de fiscalización del SII. Revisa la guía de cómo formalizar tu tienda de Instagram para hacer las cosas bien.

La polémica del POS móvil: ¿quedaron obsoletas las maquinitas sin impresora?

  • El malentendido: Cuando se publicó la Resolución Exenta N°12 en enero de 2025, muchos medios y usuarios en redes sociales interpretaron que todos los comercios debían imprimir la boleta en papel. Esto generó alarma entre los miles de emprendedores que usan POS móviles como SumUp Solo, Mercado Pago Point Mini u otros lectores que no tienen impresora integrada.
  • El miedo: Se difundió la idea de que estas maquinitas quedarían "fuera de la ley" y que los emprendedores tendrían que comprar equipos nuevos con impresora, lo que significaría un gasto adicional importante. Algunos incluso pensaron que el SII prohibiría directamente los POS sin impresora.
  • La aclaración del SII: El Servicio de Impuestos Internos emitió comunicados explicando que la Resolución 12 no obliga a cambiar de dispositivo. Los comercios que operan con POS sin impresora tienen un plazo diferenciado (hasta el 1 de marzo de 2026) y pueden cumplir entregando la boleta o voucher en formato digital (email, SMS, WhatsApp o código QR).
  • El modelo "voucher como boleta": Proveedores como SumUp operan bajo la Resolución Exenta N°176 del SII, que permite que el voucher de pago electrónico (el comprobante de la transacción con tarjeta) actúe como boleta de venta. Esto significa que si tu cliente paga con tarjeta en un SumUp, el voucher digital que se genera ya está informado automáticamente al SII y cumple la función de boleta.
  • Cuidado con las ventas en efectivo: El modelo "voucher como boleta" solo aplica para pagos con tarjeta. Si tu cliente paga en efectivo y solo tienes un POS móvil sin impresora, debes emitir la boleta por separado (desde sii.cl o una app) y enviarla digitalmente al cliente. Esto es lo que muchos olvidan.
  • Conclusión: Tu maquinita POS no quedó obsoleta. Solo necesitas asegurarte de tener un mecanismo para entregar el comprobante digitalmente cuando no puedas imprimirlo. Y si también recibes efectivo, debes emitir la boleta electrónica aparte.

Cómo cumplir hoy con la entrega de boleta

  1. Verifica tu modelo de emisión en el SII: Ingresa a sii.cl con tu Clave Única y revisa en "Boleta de Ventas y Servicios Electrónica" > "Declaración de modelo de emisión" qué modelo tienes configurado. Si usas el voucher como boleta (SumUp, Getnet, etc.), asegúrate de que esté correctamente declarado.
  2. Para ventas con tarjeta (POS con impresora): Entrega el voucher impreso al cliente. Si tu POS imprime, ya estás cumpliendo desde mayo de 2025. Verifica que el voucher incluya los datos mínimos: RUT del comercio, monto, fecha y número de autorización.
  3. Para ventas con tarjeta (POS sin impresora): Configura el envío automático del voucher digital al cliente por email o SMS. Proveedores como SumUp y Mercado Pago permiten esto desde su app. El plazo para implementarlo es el 1 de marzo de 2026.
  4. Para ventas en efectivo o transferencia: Emite la boleta electrónica desde el portal del SII (sii.cl > Facturación > Boleta Electrónica) o desde un software autorizado. Entrega la boleta impresa si tienes impresora, o envíala por WhatsApp/email si no la tienes.
  5. Para ventas online (e-commerce): Asegúrate de que tu sistema de facturación emita la boleta electrónica automáticamente con cada venta. Si usas el portal Mipyme del SII, deberás emitirla manualmente. Envía la boleta por email al comprador junto con la confirmación de compra.
  6. Lleva un registro interno: Independiente del medio de pago, mantén un registro de todas las ventas y boletas emitidas. Esto te protege ante una fiscalización y facilita tu declaración mensual de IVA en el Formulario 29.

Sanciones por no entregar boleta de venta

  • Multa por operación: El Artículo 97 N°10 del Código Tributario establece multas de hasta el 50% del monto de cada operación en la que no se emitió boleta. Si vendiste $500.000 sin documentar, la multa puede ser de $250.000 adicionales.
  • Clausura del local: En casos reiterados de no emisión de boletas, el SII puede ordenar la clausura temporal del establecimiento por hasta 20 días. Esto significa cerrar tu negocio completamente durante ese período.
  • Cobro retroactivo de IVA: El SII puede liquidar retroactivamente el IVA no declarado de los últimos 6 años, más intereses y multas por declaración tardía.
  • Fiscalización cruzada: El SII cruza tus boletas emitidas con los movimientos que reportan los bancos (recuerda la ley de las 50 transferencias) y con la información que envían los operadores de tarjetas (Transbank, Getnet, SumUp). Si hay inconsistencias, se activa la fiscalización.
  • Pérdida de beneficios PYME: Si el SII detecta infracciones graves, puedes perder acceso a beneficios tributarios para micro y pequeñas empresas, como el régimen Pro Pyme o el acceso a créditos Sercotec y Corfo. Consulta los riesgos de operar en la informalidad.

Boleta de Venta vs. Factura vs. Boleta de Honorarios: ¿cuál corresponde?

  • Boleta de venta: La emites cuando vendes productos o prestas servicios comerciales a consumidores finales (personas naturales que no necesitan factura). Incluye el IVA (19%). Es el documento que aborda esta guía y el que exige la Resolución 12 del SII.
  • Factura electrónica: La emites cuando tu cliente es otra empresa que necesita acreditar la compra como gasto (crédito fiscal). La factura detalla el IVA por separado y permite que tu cliente lo descuente de su propio IVA. Es obligatoria cuando el comprador tiene Inicio de Actividades y la solicita.
  • Boleta de honorarios: La emites cuando prestas servicios profesionales independientes (2da Categoría del SII). No incluye IVA, sino una retención del 15,25% (2026). Es un documento completamente distinto. Si tienes dudas, consulta nuestra guía comparativa entre boleta de venta y boleta de honorarios.
  • ¿Y si hago las dos cosas? Es perfectamente posible. Si vendes productos (boleta de venta) y además prestas servicios profesionales (boleta de honorarios), debes emitir el documento correcto según cada operación. Usa nuestra Calculadora de Transacciones para simular cuánto recibes en cada escenario.
Plazo para POS sin impresora: 1 de marzo de 2026

Si usas un POS móvil sin impresora (SumUp Solo, Mercado Pago Point Mini, etc.), tienes hasta el 1 de marzo de 2026 para implementar la entrega digital de la boleta o voucher al cliente. Configura el envío por email o SMS desde la app de tu proveedor. Para ventas en efectivo, emite la boleta desde sii.cl y envíala por WhatsApp.

El voucher de SumUp, Getnet y otros ya funciona como boleta

Si tu proveedor de POS opera bajo el modelo de "voucher como boleta" (Resolución Exenta N°176 del SII), el comprobante de la transacción con tarjeta ya está informado automáticamente al SII. No necesitas emitir una boleta adicional por esos pagos. Pero recuerda: las ventas en efectivo siempre requieren boleta aparte. Compara opciones en el Comparador de Medios de Pago.

Preguntas frecuentes

Sí. La obligación de emitir y entregar boleta de venta existe por ley (DL 825, Art. 53) y no depende de que el cliente la solicite. Desde la Resolución 12 del SII (2025), debes entregar activamente el comprobante impreso o digital en cada venta presencial.

No. El SII aclaró que la Resolución 12 no obliga a cambiar de dispositivo. Si tu POS no tiene impresora, puedes cumplir entregando el voucher o boleta en formato digital (email, SMS, WhatsApp o QR). El plazo para implementar esto es el 1 de marzo de 2026.

Sí. Toda venta de productos o servicios comerciales afectos a IVA requiere boleta, sin importar si es presencial u online. En e-commerce, la boleta electrónica se envía por correo electrónico al comprador. La pasarela de pago (Flow, Webpay, etc.) procesa el cobro, pero la boleta la emites tú.

Debes emitir boleta de venta electrónica por cada venta, igual que cualquier otro canal. El SII fiscaliza activamente las ventas en redes sociales y cruza la información con los reportes bancarios. Si recibes más de 50 transferencias al mes, tu banco reporta automáticamente al SII.

El voucher es el comprobante del pago electrónico (la transacción con tarjeta). La boleta de venta es el documento tributario que acredita la venta ante el SII. Algunos proveedores (como SumUp) operan bajo un modelo donde el voucher funciona como boleta y se informa automáticamente al SII. Si tu proveedor no usa este modelo, debes emitir la boleta por separado.

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